Desarrollos informáticos bloqueo de cookies

DESARROLLOS INFORMÁTICOS PARA EL BLOQUEO DE COOKIES

Una cuestión que cada vez se plantean más los titulares o propietarios de sitios web: «Muy bien, ya tengo claro que mi sitio web necesita cambios para adaptarlo a la Ley y evitar sanciones… Pero ¿cómo hago para integrar una solución que no me implique remodelar completamente toda mi web?»

Desarrollo software cookies¿Cómo hago para incorporar una solución técnica de aviso de cookies en mi web que no resulte muy invasiva? ¿Qué soluciones que cumplan con la Ley y que realmente bloqueen las cookies puedo utilizar? Con la norma vigente está claro que los usuarios del sitio web deben recibir información clara, completa y previa a la obtención del consentimiento para instalar cookies.

Se multa por no informar de forma válida. Las multas pueden llegar hasta los 30.000 euros para las situaciones menos graves, a los 150.000 euros para las de «especial relevancia». La definición de lo que son infracciones graves o leves y las sanciones que se impondrán están establecidas e los artículos 38.3, 38.4 y 39.1 de la LSSI 34/2002. (Actualización: Primera resolución sancionadora sobre la Ley de Cookies)

Es indiferente que el sitio web esté alojado en un prestador europeo de hosting, en Facebook, etc. En cualquier caso si prestas servicios específicamente dirigidos al territorio del Estado español, debes cumplir la Ley. Por lo tanto, si tu sitio web instala:

Cookies sin capacidad de identificar al usuario/a: Hay que infomar de forma clara y completa sobre su utilidad.
Cookies con capacidad de identificar al usuario/a: Además, hay que informar del tratamiento a realizar con sus datos personales.
Cookies aceptadas por la configuración del navegador: El sitio web deberá reconocer el navegador utilizado para comprobar que o bien no acepta cookies por defecto, o bien que el/la usuario/a haya tenido que decidir sobre la instalación de cookies.

Existen distintos métodos técnicos para informar a los visitantes de tu sitio web de forma clara y completa antes de instalarles cookies. Nuestros servicios técnico-jurídicos te informarán acerca de las posibilidades factibles de acuerdo a la arquitectura o morfología de tu sitio web. Si el mismo no requiere para su uso la instalación de cookies la mejor opción es que evites instalar cookies innecesarias. Si tu caso es uno de los más típicos donde usas las cookies de terceros (Google Analytics, p.ej.) para llevar un análisis estadístico de tu website, tendrás que informar adecuadamente y hacer las adaptaciones necesarias.

Acudir al consejo de profesionales es lo más recomendable. En nuestro caso particular, como estudio de abogados, estamos ofreciendo estos servicios jurídicos en condiciones muy ventajosas para emprendedores y entidades de acción social (ENLs, ONGs, Asociaciones, Fundaciones…) en colaboración con la ONGD RastroSolidario.

También puedes hacer tu consulta sin compromiso desde nuestro formulario de contacto.

Contenido relacionado: Primera resolución sancionadora sobre la «Ley de Cookies».

Keywords:   Ley de cookies, Directiva 209/136/EC, Art. 22 LSSICE 34/2002

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